Acta Audiencia Pública Nº 50/2021

En la Ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de Córdoba, a los quince días del mes de noviembre de dos mil veintiuno, siendo las doce horas , se reúne el Concejo Deliberante de esta Ciudad, en su sede sita en Mitre 90, en AUDIENCIA PUBLICA convocada en razón de lo dispuesto por el decreto mil seiscientos dieciocho de la Presidencia de este Concejo, la cual está presidida por el Ingeniero Pablo Andrés ROSSO, Presidente del cuerpo, contando con la presencia de los Concejales: Abogado Julio Cesar Oyola, señora Claudia Fabiana ARIAS, Licenciada Verónica Daniela Vivo y Abogado Carlos Rodolfo De Falco por el Bloque Hacemos por Córdoba; el señor Juan Carlos Cladera y el Técnico Daniel Ángel López por el Bloque Hacemos por Córdoba Escindido Somos; Abogado Juan Romeo BENZO, Abogada Natalia Carolina GONZALEZ, Arquitecto Carlos Fabián PRIMO, Abogada Karina Gabriela BRUNO y Abogado Luis CARONI por el Bloque Vamos Villa María. // Presidente, Ingeniero Pablo Andrés ROSSO. Buenos días a todos los presentes. Para iniciar vamos a dar lectura al mil quinientos noventa y tres dictado por esta presidencia, por el cual se convoca a la Audiencia Pública del día de la fecha. Visto que este Concejo Deliberante el día siete de octubre del corriente año (07/10/2021) se aprobó en Primera Lectura el siguiente Proyecto de Ordenanza: Proyecto de Ordenanza del D.E.M. declarando de Interés Municipal la implementación del Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PROCREAR) y autorizando al D.E.M. a transferir al Fondo Fiduciario Público bien inmueble; y CONSIDERANDO: Que la Carta Orgánica Municipal establece en su Art. 120° el llamado a Audiencia Pública para escuchar a los vecinos y a las entidades interesadas en emitir opinión sobre el tema citado en los vistos. En orden a ello, EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA MARÍA DECRETA: Art. 1°.- FÍJASE para el día jueves dieciocho de noviembre del corriente año (18/11/2021), a las 12.00 horas, la Audiencia Pública para escuchar objeciones, agregados, supresiones, sugerencias, etcétera; de los vecinos y entidades, al Proyecto de Ordenanza citado en los vistos del presente Decreto y aprobado en Primera Lectura por este Concejo Deliberante. Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese y dése al archivo del cuerpo. DADO EN MI PÚBLICO DESPACHO A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. //Se deja constancia que la presente Acta de Audiencia Pública es confeccionada el día 04/12/2023 en razón de que no se ha realizado oportunamente por no existir archivo y/o antecedente acústico y/o audiovisual suficiente del cual pudiera ser reproducida. Se transcribieron los elementos formales de la misma.-

 

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